viernes, 15 de mayo de 2009

LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO EN LA PROTECCION ESPECIAL DE LOS MENORES


                                                                               Lic. Moisés Eugenio Alvarenga Luna

El día 27 de abril de 1990, fue ratificada por la Asamblea Legislativa, la Convención de los Derechos del Niño. Desde hace 29 años ya no deberían de conocerse casos de muertes violentas de menores. Lamentablemente ellos siguen muriendo por la violencia física y moral. Es un sector de golpeados por el sistema, al igual que los jóvenes, los adultos y los ancianos. Los pseudos defensores del derecho a la vida de parte de la derecha, promovieron que se incorporara una reforma al Art. 1 de la Constitución, en el sentido que se expresara que en El Salvador se reconoce a la persona humana como ser humano desde el instante de la concepción.

 Reconocer al ser humano desde el instante de la concepción es que el Estado va a garantizar a los infantes condiciones para vivir dignas del ser humano aun antes de nacer, no digamos ya fuera del vientre materno. En eso consiste la protección especial. Si eso fuera así, no tendríamos los niveles delincuenciales existentes. El Estado entonces, nos debe; es deudor, es responsable de esta situación por omisión en el cumplimiento del deber. Es una deuda acumulada por más de veinte años. El gobierno que se va nos deja esta negra herencia. Si algo bueno nos enseño la campaña política recién finalizada es que siempre de aquí en adelante vamos a votar con sabiduría.

 Al igual que en tiempos de Jesús y de los esclavos hebreos en Egipto, los gobernantes (representantes del sistema político económico), la emprendieron contra los niños, ordenaron asesinarlos, violándoles flagrantemente sus derechos humanos, especialmente el derecho a la vida.

Ese sistema deudor y también pseudo defensor de los derechos humanos, continúa con la misma tendencia de exterminio de los menores, hoy de forma sofisticada. Como les esta violentando el Estado actualmente su derecho a la protección especial? cuando necesitan medicinas no hay en las farmacias de los hospitales y mueren por falta de medicamentos o por falta de atención por no tener sus padres dinero para pagar los servicios (derecho a la salud gratuita); los niños requieren de nutrición adecuada (derecho a la alimentación y a vitaminas para crecer sanos y fuertes); no acceso a la instrucción (derecho a educación totalmente eficiente y gratuita desde el nivel primario hasta el superior); requieren de habitación  propia (derecho a una vivienda digna no ranchos ni pesebres ni casas de cartón); falta de seguridad en la calle y en el vecindario (DERECHO A LA PROTECCION ESPECIAL COMO DICE LA CONVENCION RATIFICADA HACE CASI DOS DECADAS ); la carencia obliga a trabajar (la mayoría de menores debe abandonar su derecho a la educación y a la diversión para incorporarse a las labores productivas debido al entorno de pobreza en que se desarrollan); encuentran al nacer altos niveles de contaminación (derecho a crecer y desarrollarse en un medio ambiente sano); encuentran un entorno de vicios (cantinas, venta de drogas, medios de comunicación que hacen apología a este tipo de vida).

 Si fuese efectivo ese derecho a la protección física y moral que el Estado esta obligado a proporcionar a los menores, no habría ocurrido la muerte violenta de la niña Katya Miranda y otros tantos muertos por efecto de quienes tienen poder y fuerza física y armas en sus manos, otros victimas de agresiones sexuales, los muertos por falta de medicinas y otros que mueren por desnutrición.

La violencia moral, también esta haciendo estragos en la infancia; en la mayoría de los medios de comunicación, se incita a las actitudes incorrectas para resolver problemas, ejemplo de ellos son las novelas y películas donde presentan los actores conductas negativas e indebidas como normales, que violentan el derecho a la protección moral que expresa el Convenio al inicio mencionado. La pornografía parece también como algo normal en este sistema. Algunos músicos y artistas hacen su aporte para que haya un ambiente de inmoralidad, frente a lo cual el actual gobierno que esta por entregar el poder, no interviene en lo mas mínimo para frenar este bombardeo oscuro en televisión, prensa y radio, que atenta contra la protección mental de los menores. La libertad empresarial no es un derecho fundamental en la Constitución. No es un derecho humano.    

 SI EL SALVADOR RECONOCE AL SER HUMANO DESDE EL INSTANTE DE LA CONCEPCION, DEBE CREAR CONDICIONES DIGNAS PARA RECIBIRLOS EN SU NACIMIENTO, PARA QUE CUANDO CREZCAN SE SIENTAN ORGULLOSOS DE SER SALVADORENOS.

 Los padres al no tener empleo digno, no pueden ofrecer a sus hijos las condiciones de una vida digna. Esta situación los hace emigrar, es que les duele ver a sus hijos aguantar hambre.

No basta que el ministerio público pida perdón, falta que lo hagan el Presidente, los Ministros de Seguridad Publica, de Educación, de Salud Publica, de Economía, de Hacienda, la ANEP que tiene en su seno a quienes generan empleos y dueños de los medios de comunicación. Debe de pedir perdón el partido que ha estado en el Gobierno, los involucrados en importar y comerciar con drogas; deben de pedir perdón los importadores y comerciantes de armas; los Diputados de las fracciones que levantaron la mano para imponer la dolarización, para aprobar el T.L.C. y otras leyes como permitir la tenencia y aportación de armas, medidas que tanto dolor han provocado en la familia salvadoreña.

 La protección especial a la niñez, tiene como objetivo garantizar el bienestar a un sector indefenso.  El Estado debe redoblar esfuerzos en dedicar recursos para asegurar el derecho a la vida digna de los menores, por consiguiente a los padres, es decir, a toda la familia que es la base fundamental de la sociedad. Art. 32 Cn.

 La Convención de los Derechos del Niño es la herramienta jurídica internacional que ordena al Estado la protección especial a favor de los menores.

 Penalmente, son responsables de la muerte de Katya los parientes inmediatos que según los Códigos Penal y de Familia están obligados a cuidar de los menores.

 Según la Convención, tiene responsabilidad subsidiaria en la muerte el Estado Salvadoreño, por no cumplir su obligación internacional de protección especial a favor de los menores.

El Procurador General de la Republica, según el Art. 194 de la Constitución, debe velar por la defensa de la familia y de las personas e intereses de los menores y demás incapaces.

El Presidente de la Republica tiene como atribución mantener la P.N.C. para el resguardo de la seguridad pública y la investigación del delito. Art. 159 y 169 Cn.

El Fiscal General de la Republica, tiene como responsabilidad dirigir la investigación del delito con la colaboración de la P.N.C. Art. 193 Cn.

 El interés superior del menor debe prevalecer en las políticas del gobierno.

 

 

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